Cómo elegir entidad organizadora FUNDAE: 10 preguntas

Antes de firmar una encomienda de formación FUNDAE, hay 10 preguntas que la norma y la propia FUNDAE te permiten hacer a la entidad organizadora: si la entidad que imparte está inscrita en el Registro Estatal, quién comunica los grupos, quién custodia qué durante 4 años, si hay permanencia, qué pasa en una inspección y cómo se cobra la organización (tope legal del 10, 15 o 20 %). La organizadora comunica y organiza; la bonificación la aplica siempre tu empresa.

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Lo que firmas (y lo que no) con una encomienda de formación FUNDAE

Una empresa puede organizar su formación bonificada por sí misma o encomendarla a una entidad externa (artículo 9.3 de la Ley 30/2015): la entidad organizadora FUNDAE. El documento que lo formaliza es el contrato de encomienda.

FUNDAE publica un PDF de recomendaciones para empresas que contratan a una entidad organizadora, y lo cierra en mayúsculas: «TU EMPRESA ES LA RESPONSABLE DE TUS BONIFICACIONES». La organizadora contrata al centro, comunica los grupos y te entrega la documentación. Pero el crédito sale de tus cotizaciones y la bonificación la aplica tu empresa (artículo 9.4 de la Ley 30/2015; artículo 18.1 del RD 694/2017).

Por eso elegir entidad organizadora FUNDAE es elegir quién gestiona dinero que ya es tuyo y del que tú respondes. Una gestoría que solo hace el trámite administrativo no es entidad organizadora; la diferencia está en entidad organizadora vs gestor externo.

Las 10 preguntas para elegir entidad organizadora FUNDAE

Cuando la respuesta honesta es «depende», lo decimos.

1. ¿La entidad que imparte está inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación?

La entidad organizadora puede impartir ella misma o contratar a un centro. En ambos casos, la entidad que imparte debe estar acreditada y/o inscrita en el registro de entidades de formación (artículo 14.3 del RD 694/2017; Orden TMS/368/2019). Pide el número de inscripción y la especialidad. Más en cómo ser entidad organizadora.

2. ¿Quién comunica el inicio y el fin de cada grupo, y con qué antelación?

La organizadora comunica inicio y finalización «cuando así lo acuerden con la empresa» (artículo 14.4.b del RD 694/2017). Es decir: debe constar en el contrato. La comunicación de inicio se hace con la antelación que fija FUNDAE en su aplicativo; un grupo comunicado tarde no se bonifica. El circuito completo, en cómo bonificar un curso paso a paso.

3. ¿Quién custodia la documentación y me entregan copia de todo?

La entidad organizadora debe mantener a disposición de los órganos de control la documentación de la organización y facilitarte la de gestión e impartición (artículo 14.4.d y e del RD 694/2017). Y tu empresa debe conservar facturas y justificantes durante 4 años (artículo 18.2). Pregunta qué te entregan y cuándo. Los documentos concretos, en documentación FUNDAE para bonificar un curso.

4. ¿Hay permanencia o exclusividad? ¿Durante cuánto tiempo?

Depende: ninguna norma prohíbe que una entidad organizadora te pida exclusividad o varios años de vigencia. «El período de vigencia será el que las partes acuerden» (FAQ 2.05 de FUNDAE). Lo que sí existe es el derecho a salir: el modelo oficial incluye una cláusula de desistimiento unilateral. Si te ofrecen permanencia, lee antes tarifa plana y exclusividad.

5. ¿Qué pasa si hay una inspección de uno de mis cursos?

Las visitas de seguimiento y control deben cubrir al menos el 10 % de los recursos destinados a la formación de las empresas (artículo 18.3 del RD 694/2017, vigente desde el 01/01/2026). FUNDAE recomienda que la organizadora te informe «sobre las inspecciones que realicen a tus cursos y sus resultados». Lo que revisan, en inspección de formación bonificada: qué miran.

6. ¿Cómo se cobra la organización y se respeta el tope legal?

Los costes de organización van aparte del módulo económico y tienen tope: 10 % del coste de la actividad formativa, 15 % en empresas de 6 a 9 trabajadores y 20 % en las de hasta 5 (artículo 7.3 de la Ley 30/2015). El contrato de encomienda debe recoger «la compensación económica por los costes de organización» (FAQ 2.05), y la factura debe desglosar impartición y organización si van juntas.

7. ¿Me ayudan con la información a la RLT y con la cofinanciación?

Si tu empresa tiene representación legal de los trabajadores, hay que informarla antes del inicio; incumplirlo impide adquirir el derecho a la bonificación (artículo 13 del RD 694/2017). Aunque encomiendes la organización, esa obligación sigue siendo tuya (FAQ 2.08). FUNDAE recomienda que la organizadora te asesore y te confirme la cofinanciación si tienes más de 5 trabajadores. Más en información a la RLT: 7 puntos y cofinanciación: qué es y cómo cumplirla.

8. En teleformación, ¿qué plataforma, qué tutor y qué registros?

FUNDAE pide a la organizadora «contar con las instalaciones y/o plataformas adecuadas, registrar la asistencia, facilitar el cuestionario de evaluación», y recomienda pedir el currículum de los formadores. Simular la ejecución de un curso de teleformación es infracción muy grave (artículo 16.1.f de la LISOS). Pregunta por la plataforma, el tutor, los registros de conexión y el diploma.

9. ¿Qué pasa si se cae un grupo?

Depende del contrato. Lo bonificable es el menor de tres importes: crédito disponible, costes incurridos y límite de costes (FUNDAE, bonificación de acciones programadas). Si el grupo no se ejecuta, no hay nada que bonificar. Pregunta por escrito si te cobran algo por un grupo que no arranca y quién comunica la cancelación.

10. ¿Cómo revoco la encomienda?

Con un escrito de desistimiento comunicado a la entidad organizadora; FUNDAE publica el modelo y el contrato oficial lo prevé en su cláusula 9.ª. El contrato se firma por duplicado y cada parte conserva un original (FAQ 2.05). Si tu empresa está dada de alta como bonificada en el aplicativo, nadie puede incorporarte sin tu autorización previa (FAQ 2.07). Cuándo no procede firmar, en contrato de encomienda y perfil bonificada.

Tabla resumen: respuesta buena y señal de alarma

Pregunta Respuesta buena Señal de alarma
1. Inscripción de la entidad que imparte Te dan número de registro y especialidad «Eso lo gestionamos nosotros»
2. Comunicación de grupos Ellos, en plazo, con confirmación No saben la antelación
3. Documentación Copia de todo y custodia 4 años «Los papeles los tenemos nosotros»
4. Permanencia Vigencia pactada + desistimiento unilateral Exclusividad de años sin cláusula de salida
5. Inspección Te avisan, atienden y te dan el resultado «Nunca nos han inspeccionado»
6. Organización En el contrato, dentro del 10/15/20 % Ni en el contrato ni en la factura
7. RLT y cofinanciación Te asesoran y confirman el cumplimiento «Eso no hace falta»
8. Teleformación Plataforma, tutor, registros y diploma «El alumno entra cuando quiere»
9. Grupo caído Por escrito: sin coste, comunican la cancelación Silencio o «se verá»
10. Revocación Modelo de desistimiento y original firmado «El contrato es indefinido»

Costes de organización: qué significa «aparte del módulo»

El módulo económico es el máximo bonificable por participante y hora: 7,50 € en teleformación, 9 € en presencial básica y 13 € en presencial intermedia o avanzada. Los costes de organización no están dentro del módulo: se financian aparte, solo cuando hay encomienda, con un porcentaje máximo sobre el coste de la actividad formativa.

Plantilla de la empresa Tope de costes de organización
Hasta 5 trabajadores 20 %
6 a 9 trabajadores 15 %
10 o más trabajadores 10 %

Fuente: artículo 7.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.

Ejemplo oficial (supuesto 2.a de los supuestos prácticos de costes de FUNDAE): empresa de 45 trabajadores, curso presencial de nivel superior de 15 horas con 5 alumnos. Módulo: 13 € × 15 h × 5 alumnos = 975 €. Costes de organización admitidos: el 10 % del módulo, 97,50 €. Importe máximo bonificable: 975 + 97,50 = 1.072,50 €.

Si una entidad organizadora declara 300 € de organización en ese curso, FUNDAE solo admite 97,50 €. El tope es un límite legal que te protege: lo que exceda no se bonifica.

Qué pasa si algo sale mal: quién responde

No, la entidad organizadora no «responde de todo».

Regla general: las bonificaciones mal aplicadas o los incumplimientos pueden suponer la devolución total o parcial con interés de demora, y el SEPE puede remitirlo a la Inspección de Trabajo para acta de liquidación y sanción (artículos 18.3 y 18.4 del RD 694/2017). Quien devuelve es la empresa.

Excepción con responsabilidad solidaria: la organizadora responde solidariamente con la empresa solo en 4 supuestos de infracción muy grave (artículo 16.1.f de la LISOS). Son estos: simular contrataciones, falsear documentos o simular la ejecución de la formación, impartir sin acreditación y subcontratar indebidamente.

Las multas: las infracciones graves van de 751 € a 7.500 €; las muy graves, de 7.501 € a 225.018 € (artículo 40.1 de la LISOS), más la pérdida de bonificaciones (artículo 46.1). Hay un caso real de sanción firme a una organizadora de teleformación, con la escala anterior a 2021 y riesgo de arrastre a sus clientes: sanción a una organizadora: 187.515 €.

Una buena entidad organizadora reduce tu riesgo; firmar la encomienda no lo traslada.

Preguntas frecuentes

¿La entidad organizadora me aplica la bonificación?

No. La aplica siempre tu empresa (o tu gestoría) en las cotizaciones a la Seguridad Social, vía Sistema RED, tras la comunicación de finalización. La entidad organizadora comunica, organiza y te entrega la documentación (artículo 9.4 de la Ley 30/2015; artículo 18.1 del RD 694/2017).

¿Cuánto puede cobrar una entidad organizadora FUNDAE por organizar la formación?

La ley no fija tarifa, pero sí un tope sobre lo bonificable: los costes de organización no superan el 10 % del coste de la actividad formativa, el 15 % en empresas de 6 a 9 trabajadores y el 20 % en las de hasta 5 (artículo 7.3 de la Ley 30/2015). Van aparte del módulo.

¿Puedo romper el contrato de encomienda si no estoy contento?

Sí. El modelo oficial de FUNDAE incluye una cláusula de desistimiento unilateral antes de la finalización, sin perjuicio de las obligaciones ya contraídas, y publica el modelo de desistimiento. La permanencia o exclusividad solo existe si la entidad la añade y tú la firmas.

¿Quién devuelve el dinero si la entidad organizadora falsea algo?

Depende. Si simula la formación, falsea documentos, imparte sin acreditación o subcontrata indebidamente, la organizadora responde solidariamente con la empresa (artículo 16.1.f de la LISOS). En el resto de incumplimientos, quien devuelve las bonificaciones con interés de demora es tu empresa (artículos 18.3 y 18.4 del RD 694/2017).

¿Cuántos años tengo que guardar la documentación de un curso bonificado?

4 años. Tu empresa debe mantener a disposición de los órganos de control facturas, justificación contable y cualquier otro justificante durante ese plazo (artículo 18.2 del RD 694/2017). La organizadora custodia la suya; tu obligación no desaparece por encomendar.

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Fuentes

Todas consultadas el 3 de octubre de 2026.

  • Ley 30/2015, artículos 7.3, 9.3, 9.4 y 12 (texto consolidado): BOE-A-2015-9734.
  • RD 694/2017, artículos 13, 14.3, 14.4, 16.4 y 18.1 a 18.4 (consolidado; última modificación RD 1189/2025, en vigor 01/01/2026): BOE-A-2017-7769.
  • Real Decreto Legislativo 5/2000 (LISOS), artículos 15.6, 16.1.f, 40.1 y 46.1: BOE-A-2000-15060.
  • Orden TMS/368/2019, Registro Estatal de Entidades de Formación: BOE-A-2019-4716.
  • FUNDAE, Qué debo tener en cuenta si contrato a una entidad organizadora (PDF): fundae.es.
  • FUNDAE, modelo oficial de contrato de encomienda: fundae.es.
  • FUNDAE, modelo de desistimiento: fundae.es.
  • FUNDAE, Supuestos prácticos de costes, supuesto 2.a: fundae.es.
  • FUNDAE, Orientaciones de costes (módulos económicos por modalidad y desglose de facturación): fundae.es.
  • FUNDAE, Bonificación de acciones programadas: fundae.es.
  • FUNDAE, preguntas frecuentes 2.05, 2.07 y 2.08: fundae.es.

Cifras verificadas con la herramienta de consulta de normativa FUNDAE el 3 de octubre de 2026.

Contenido informativo; no sustituye asesoramiento profesional. Forma Pro 360 SL.

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