Si recibes una llamada de «Sanidad de Madrid», del «SEPE» o de un «organismo oficial» que te amenaza con una multa salvo que firmes HOY un curso obligatorio (manipulador de alimentos, igualdad, acoso, desconexión digital), cuelga: es un timo. Ningún organismo público te llama por teléfono para presionarte a firmar ni a pagar en el acto.
Las obligaciones legales existen, pero ni las impone «Sanidad por teléfono» ni se firman bajo amenaza. Aquí van las 5 señales para detectarlo y qué se bonifica de verdad con FUNDAE en 2026.
Cómo es la llamada (el guion del timo)
El patrón se repite. Alguien dice ser de «Sanidad» o de un «organismo oficial de formación» y suelta tres frases:
- «Su empresa está obligada por ley a hacer este curso.»
- «Tienen un expediente abierto; si no lo hacen, son 600 € de multa (o 200.000 €, según a quién asusten).»
- «No se preocupe por el coste: con el crédito de formación de su empresa lo recupera entero. Confírmeme su número de cuenta de cotización y firme la autorización ahora por teléfono.»
Mezclan una verdad a medias (sí existen obligaciones legales) con dos mentiras (que lo exige «Sanidad» y que se firma por teléfono). El objetivo es que des tus datos con el miedo de por medio y autorices algo que luego te puede costar una devolución con recargo. Vamos señal por señal.
Señal 1: Sanidad no llama por teléfono amenazando con una multa
Los organismos públicos no hacen inspecciones ni imponen sanciones por teléfono. La inspección sanitaria de un local la realiza el ayuntamiento o la unidad de salud pública, de forma presencial y con acreditación que puedes exigir, o por comunicación escrita (notificación oficial, correo certificado). Nunca con una llamada de venta telefónica que te apremia a firmar.
Además, en hostelería el carné de manipulador de alimentos ya no existe: el Real Decreto 109/2010 lo derogó. Hoy la responsabilidad de que el trabajador esté formado recae en la empresa alimentaria (Reglamento CE 852/2004, Anexo II, Cap. XII). No hay un «carné oficial» que vender ni un organismo que lo cobre por teléfono. La Comunidad de Madrid y asociaciones como Hostelería Madrid ya han alertado de falsos inspectores que exigen pagos.
Fuente: RD 109/2010 (BOE-A-2010-2696, boe.es) · Reglamento (CE) 852/2004 · Aviso de falsos inspectores, Hostelería Madrid (consultado 28/06/2026).
Señal 2: «obligatorio» y «bonificable a la vez» son dos cosas distintas que mezclan a propósito
Aquí está el corazón del engaño. Lo que la ley obliga en muchos casos no es un curso: es un documento o un protocolo, y eso no entra en tu crédito de formación.
| Obligación real de la empresa | Norma | Lo obligatorio es… | ¿Entra en tu crédito de formación? |
|---|---|---|---|
| Plan de igualdad (≥50 trab.) | LO 3/2007 art. 45.2 + RD 901/2020 | el PLAN negociado con la RLT | El plan, NO. Un curso de igualdad voluntario, SÍ |
| Auditoría retributiva (≥50 trab.) | RD 902/2020 | la AUDITORÍA (documento) | NO (es un trámite, no formación) |
| Protocolo de acoso | LO 3/2007 art. 48 | el PROTOCOLO / procedimiento | El protocolo, NO. Un curso de sensibilización voluntario, SÍ |
| Medidas LGTBI (>50 trab.) | Ley 4/2023 + RD 1026/2024 | las MEDIDAS negociadas | Las medidas, NO. Un curso de diversidad voluntario, SÍ |
| Desconexión digital | LOPDGDD art. 88.3 | la POLÍTICA INTERNA (audiencia RLT) | NO (es una política, no un curso) |
| Manipulador de alimentos | RD 109/2010 + Regl. (CE) 852/2004 | que el trabajador esté formado | SÍ (obligación del trabajador, curso real) |
Fíjate: el plan de igualdad NO es bonificable, porque es un entregable de cumplimiento del empresario, no una acción formativa. Lo mismo ocurre con el protocolo de acoso, la auditoría retributiva y la política de desconexión digital. Quien te dice que «te bonifica el protocolo con FUNDAE» te empuja hacia una sanción y la devolución de la bonificación. Lo desarrollamos en la doble mentira de la formación obligatoria.
Fuente: LO 3/2007 arts. 45 y 48 (boe.es); RD 1026/2024 medidas LGTBI (boe.es); LOPDGDD art. 88.3 (boe.es). Validación de elegibilidad: MCP es_fundae, 28/06/2026.
Señal 3: te presionan a firmar por teléfono
Ni un organismo ni una consultora seria te hacen firmar por teléfono. No firmes ninguna autorización ni encomienda de formación FUNDAE en una llamada, y menos sin ver la cifra de tu crédito. Y sobre todo, no facilites tu Código de Cuenta de Cotización (CCC) ni tus datos bancarios por teléfono: con ellos, un tercero puede tramitar un curso a tu nombre sin permiso, y la devolución con recargo acaba siendo tuya.
Señal 4: la cifra de la multa es solo para asustarte
El «200.000 € de multa» o el «tiene 48 horas» son ganchos de presión: la cifra alta es la herramienta del estafador, no una sanción real de tu caso. El riesgo económico real es el contrario: si declaras como bonificado algo que no lo es, FUNDAE te exige devolver lo bonificado con recargo. El miedo lo ponen ellos; el coste lo asumes tú.
Qué SÍ y qué NO se puede bonificar de verdad
SÍ puedes bonificar (porque son acciones formativas reales que mejoran a tu equipo):
- El curso de manipulador de alimentos para tus trabajadores sí es bonificable: la obligación es del trabajador y aporta a su desarrollo profesional. Lo detallamos aquí.
- Un curso de igualdad y diversidad voluntario y amplio para tu plantilla sí entra en tu crédito de formación.
- Ofimática, idiomas, ciberseguridad, IA aplicada, ventas, contabilidad… toda formación voluntaria ligada al puesto.
NO puedes bonificar:
- El plan de igualdad, el protocolo de acoso, la auditoría retributiva y la política de desconexión digital: son documentos/trámites del empresario, no formación.
- La PRL (prevención de riesgos laborales): no es bonificable, a secas. Es un deber de seguridad de la empresa (Ley 31/1995). Gestiónala con tu servicio de prevención, aparte del crédito.
- La formación reglada (máster, grado, FP, certificados de profesionalidad): va por su propio circuito.
La jugada honesta es simple: el documento obligatorio lo resuelves por su vía y aprovechas tu crédito para un curso real que sume. Para más trampas habituales, mira los errores que hacen perder el crédito de formación y la diferencia entre formación bonificada, subvencionada y privada.
Qué hacer si ya te han llamado
- No firmes nada ni des datos en la llamada (ni CCC ni banco).
- Pide identificación por escrito: organismo, expediente, vía oficial. Una inspección real llega por escrito o en persona con acreditación.
- Cuelga y verifica llamando al organismo por su teléfono oficial (no al que te dieron).
- Calcula tu crédito real antes de contratar nada, para saber qué tienes y en qué gastarlo.
Recuerda: el dinero ya es tuyo. Tu empresa aporta cada mes la cuota de formación profesional (0,7 % de los salarios: 0,6 % empresa + 0,1 % trabajador), que genera tu crédito de formación. Nadie te «regala» nada; ya lo pagas. La cuestión es invertirlo bien y dentro de la ley.
Cómo lo hacemos nosotros: la verdad por delante
En Forma Pro 360 SL te decimos qué sí y qué no se puede bonificar, con la fuente oficial en la mano, antes de proponerte nada. No te metemos miedo con «obligaciones» inventadas ni te hacemos firmar por teléfono. Organizamos y gestionamos tu formación bonificable; la bonificación la aplica tu empresa (o tu gestoría) en sus seguros sociales.
Antes de contratar nada por teléfono, calcula tú mismo cuánto crédito de formación tiene tu empresa y decide con la cifra delante, sin prisas.
Preguntas frecuentes
¿Sanidad llama por teléfono para avisar de un curso obligatorio?
No. Los organismos públicos no inspeccionan ni sancionan por teléfono. La inspección sanitaria la hace el ayuntamiento o salud pública, de forma presencial con acreditación o por comunicación escrita oficial. Una llamada que te amenaza para que firmes hoy es un timo.
¿Es obligatorio el carné de manipulador de alimentos?
El carné de manipulador ya no existe desde el RD 109/2010. Lo obligatorio es que el trabajador esté formado en higiene alimentaria, y la empresa debe poder acreditarlo (Reglamento CE 852/2004). No hay un carné oficial que comprar ni un organismo que lo cobre por teléfono.
¿El curso de manipulador de alimentos se puede bonificar con FUNDAE?
Sí. Es una acción formativa real, ligada al puesto del trabajador y a su desarrollo profesional, así que sí es bonificable a través del sistema de formación programada. Lo que no se firma es un «curso obligatorio» bajo amenaza por teléfono.
¿El plan de igualdad o el protocolo de acoso se pueden bonificar?
No. El plan de igualdad, el protocolo de acoso, la auditoría retributiva y la política de desconexión digital son documentos o trámites de cumplimiento del empresario, no acciones formativas. Sí es bonificable, en cambio, un curso voluntario y amplio de igualdad o diversidad para tu plantilla.
¿Pueden bonificar un curso a mi nombre sin mi permiso?
Si facilitas por teléfono tu Código de Cuenta de Cotización y tus datos bancarios, un tercero puede llegar a tramitar un curso a tu nombre. Si está mal declarado, FUNDAE te exigirá devolver lo bonificado con recargo. Nunca des esos datos por teléfono.
Calcula cuánto crédito de formación tiene tu empresa en 2026. En 30 segundos y sin registro: cuánto tienes, en qué gastarlo y qué pasa si no lo usas antes de diciembre.
Fuentes oficiales: LO 3/2007 (arts. 45 y 48), RD 901/2020 y RD 902/2020, Ley 4/2023 y RD 1026/2024, LOPDGDD (LO 3/2018, art. 88), RD 109/2010 y Reglamento (CE) 852/2004, Ley 31/1995. Validación de elegibilidad de acciones formativas: MCP es_fundae (28/06/2026).
Este artículo es información general divulgativa, no asesoramiento legal, laboral ni fiscal individualizado. La elegibilidad de cada acción formativa depende de tu caso; verifícala con nosotros o con tu gestoría antes de decidir.