Cambió de empresa antes del curso FUNDAE: se cae en 2 días

Si trasladas a un trabajador a otra empresa del grupo justo antes del curso y el alta en la Seguridad Social no está cerrada a tiempo, la bonificación se cae. No por la ley: por un descuadre de fechas entre RR. HH. y la TGSS. La aplicación de FUNDAE solo reconoce como participante a quien consta en alta en una cuenta de cotización de la empresa que bonifica. Abajo te explicamos por qué pasa y el checklist para evitarlo.

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Un caso que cuenta un gestor con años de oficio

Un gestor con más de una década gestionando formación bonificada lo resume así: el crédito casi nunca se pierde por un problema de fondo, sino por un detalle de papeleo.

El caso que recuerda es de manual. A una trabajadora la trasladan de una empresa a otra dentro del mismo grupo pocos días antes del curso. Sobre el papel, todo correcto: misma propiedad, mismo grupo, mismo crédito disponible. Pero la empresa de destino no cierra el alta a tiempo. Cuando el gestor va a inscribirla en la aplicación, el sistema no la deja: no consta en alta en ninguna cuenta de cotización del grupo en ese momento.

Resultado: una persona que iba a formarse, un curso ya organizado y una bonificación que no se puede aplicar. Todo por una fecha de alta que llegó tarde.

Por qué la aplicación de FUNDAE no la deja inscribir

La clave está en de dónde saca FUNDAE sus datos. La aplicación trabaja directamente con la información de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y de las cuentas de cotización (CCC) de cada empresa. No con lo que tú declares: con lo que consta en la Seguridad Social.

Antes de bonificar, el primer paso del proceso es verificar que las cuentas de cotización comunicadas son correctas y que el crédito se calcula con los datos de la TGSS. Si un trabajador no figura en alta en una cuenta de cotización de la empresa que va a bonificar, la aplicación no lo reconoce como participante de esa empresa.

Esto enlaza con cómo funciona el grupo. Cada empresa genera su propio crédito y un trabajador se bonifica por la empresa en cuya CCC está de alta y cotiza. Un movimiento intragrupo sin alta efectiva a tiempo deja al trabajador en tierra de nadie: ya no cotiza por la empresa de origen y todavía no consta en la de destino. Cómo se reparte el crédito entre empresas de un grupo lo explicamos en grupo de empresas en FUNDAE: cómo compartir el crédito.

Fuente: FUNDAE — «Bonificación de acciones programadas», proceso de bonificación y simulador oficial de crédito (empresas.fundae.es/Lanzadera), consultado 2026-06-28.

Quién puede ser participante de un curso bonificado

La regla de fondo es sencilla: los destinatarios de la formación bonificada son los trabajadores asalariados en alta en la Seguridad Social (régimen general) que cotizan por formación profesional, por cuenta de la empresa que bonifica. El trabajador tiene que estar de alta y cotizando en la empresa que va a aplicar la bonificación en el momento de la formación.

El marco legal es la Ley 30/2015, del sistema de formación profesional para el empleo, desarrollada por el Real Decreto 694/2017. La consecuencia práctica es clara: si la persona no consta en alta por la empresa que bonifica, no es participante válido para esa empresa, por mucho que pertenezca al grupo.

Fuente: Ley 30/2015 y Real Decreto 694/2017 (sistema de formación profesional para el empleo). Verificación operativa: FUNDAE — proceso de bonificación.

El factor que casi nadie cuadra: la comunicación de inicio

Aquí es donde el calendario te juega malas pasadas. La comunicación de inicio del grupo formativo se presenta como mínimo 2 días naturales antes de la fecha de comienzo del curso. En esa comunicación de inicio van los participantes.

Traducido: el alta no tiene que estar cerrada «para cuando empiece el curso», sino antes de comunicar el inicio, que es todavía antes. Si la fecha de alta y la de comunicación de inicio se cruzan, te quedas sin poder incluir a esa persona, y una vez comunicado el grupo rehacerlo no siempre es posible. Por eso un traslado intragrupo «a última hora» es tan peligroso: el margen real es más estrecho de lo que parece.

Fuente: procedimiento oficial de FUNDAE para acciones formativas programadas (fundae.es — bonificación de acciones programadas), en desarrollo del Real Decreto 694/2017.

Por qué el atajo del «fijo discontinuo» no funciona (y es sancionable)

Cuando la aplicación bloquea la inscripción, aparece la tentación del atajo. El más típico: marcar a la persona como fijo discontinuo para «colarla» en el sistema. Dos motivos para no hacerlo nunca:

  1. No funciona. El fijo discontinuo es una modalidad de contrato real (contrato indefinido para trabajos estacionales o intermitentes, art. 16 del Estatuto de los Trabajadores tras la reforma del RDL 32/2021). Pero marcarlo así no cambia lo que dice la TGSS: la aplicación sigue validando contra los datos reales de la Seguridad Social, así que el trabajador sigue sin constar en alta y sin poder inscribirse.
  2. Es una declaración falsa. Etiquetar un contrato como algo que no es, solo para sortear una validación, es una mentira inspeccionable.

La inspección en formación para el empleo existe y es específica: la lleva una Unidad Especial de Inspección, regulada por la Orden ESS/1221/2015, de 11 de junio (texto oficial en fundae.es). Si se detecta una declaración incorrecta, la consecuencia habitual es devolución íntegra de la bonificación, recargo y sanción: lo que ibas a ahorrar se convierte en un problema mayor. Tienes más fallos así en errores que te hacen perder el crédito de formación.

El documento que evita el problema: la cabecera de nómina

La buena noticia es que esto se previene con un papel que ya tienes a mano. Para saber por qué empresa cotiza cada participante, el gestor del caso pide siempre la cabecera de la nómina: el encabezado donde aparecen la empresa, la cuenta de cotización (CCC) y el número de afiliación. En 10 segundos sabes si esa persona cotiza por la empresa que va a bonificar.

Si hay cualquier duda, el documento oficial es el Informe de Trabajadores en Alta (ITA) de la TGSS o la vida laboral. Reunir esta documentación a tiempo es también la mejor defensa ante un requerimiento: lo detallamos en qué documentación pedir para bonificar sin sustos en una inspección.

Checklist de verificación previa (antes de organizar el curso)

Recórrelo siempre que vaya a haber un movimiento de personal cerca de un curso:

  • [ ] Confirma el alta de cada participante en la empresa que va a bonificar, antes de cerrar la lista del grupo.
  • [ ] Pide la cabecera de nómina de cada participante (o el ITA de la TGSS) y comprueba la empresa y la CCC por la que cotiza.
  • [ ] En grupos de empresas, identifica en qué CCC está cada uno. No des por hecho que «es el mismo grupo» basta: el alta es por empresa concreta.
  • [ ] Si hay un traslado intragrupo previsto, cierra el alta efectiva ANTES de la fecha de comienzo y, sobre todo, antes de la comunicación de inicio (mínimo 2 días naturales antes).
  • [ ] No uses trucos de tipo de contrato («fijo discontinuo» de mentira o similares): la aplicación valida contra la TGSS, no cuela, y es sancionable.
  • [ ] Si tu empresa aún no está dada de alta en FUNDAE, resuélvelo primero: aquí tienes cómo darte de alta en FUNDAE para bonificar.

Preguntas frecuentes

¿Puedo bonificar un curso de un trabajador que acabo de trasladar a otra empresa del grupo?

Solo si está de alta y cotizando por la empresa que va a bonificar antes de la comunicación de inicio del grupo. Pertenecer al grupo no basta: la aplicación de FUNDAE valida el alta empresa por empresa, contra los datos reales de la TGSS.

¿Por qué la aplicación de FUNDAE no me deja inscribir a un trabajador?

Porque no consta en alta en una cuenta de cotización de la empresa que bonifica en ese momento. La aplicación trabaja con los datos de la TGSS; si el alta no está cerrada, no reconoce a esa persona como participante de esa empresa.

¿Sirve marcar a alguien como fijo discontinuo para poder inscribirlo?

No. Etiquetar así a alguien para sortear la validación no cambia lo que figura en la TGSS, así que la aplicación lo sigue rechazando. Además es una declaración falsa, inspeccionable y sancionable.

¿Con cuánta antelación tiene que estar resuelta el alta?

Antes de la comunicación de inicio del grupo, que se presenta como mínimo 2 días naturales antes de la fecha de comienzo del curso. En la práctica, cierra el alta con margen sobre esa fecha, no sobre el primer día de clase.

¿Qué pasa si declaro mal a un participante?

La inspección en formación para el empleo (Unidad Especial de Inspección, Orden ESS/1221/2015) puede exigir la devolución íntegra de la bonificación, además de recargo y sanción. Mejor verificar el alta antes que arriesgarse.

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Información general orientativa; no constituye asesoramiento individualizado. Fuentes: FUNDAE — «Bonificación de acciones programadas» y simulador oficial de crédito (empresas.fundae.es, consultado 2026-06-28); Ley 30/2015 y Real Decreto 694/2017; Orden ESS/1221/2015, de 11 de junio; Estatuto de los Trabajadores, art. 16 (RDL 32/2021).

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