Cómo ser entidad organizadora FUNDAE: requisitos y pasos

Para ser entidad organizadora de la formación programada hace falta encajar en uno de los tipos de entidad que admite la normativa, darse de alta en el aplicativo de FUNDAE con certificado digital de representante y, antes de tramitar nada, firmar con cada empresa un acuerdo que recoja las obligaciones de ambas partes y la compensación por los costes de organización. No es un trámite de un día: es asumir, de verdad, la formación de esas empresas. Aquí tienes los requisitos y los pasos, en orden.

¿Tu academia ya imparte cursos pero no puede ofrecer que sean bonificables y por eso pierde clientes? Mira cómo trabajar como entidad organizadora con Forma Pro 360: tú das tu formación, nosotros asumimos la parte técnica de la organización de la bonificación.

Qué es una entidad organizadora (y qué no lo es)

Una entidad organizadora es la que una empresa contrata para que gestione su formación y la bonificación de la misma. Asume el diseño, el seguimiento, el control y la evaluación de la formación, y hace las comunicaciones en el aplicativo de FUNDAE. Para actuar, necesita la autorización expresa de la empresa.

No confundas tres figuras que se mezclan a diario:

  • La organizadora. Asume la formación entera y responde de que esté bien hecha.
  • Entidad de formación (impartidora). Pone los tutores, el aula o la plataforma. Puede coincidir o no con la organizadora.
  • Gestor administrativo externo. Solo realiza las comunicaciones en el aplicativo. La frase oficial es nítida: «un gestor administrativo es aquella entidad que realiza exclusivamente las comunicaciones a través de la aplicación, por tanto no tiene la consideración de entidad organizadora».

Si quieres profundizar en esta distinción, la desarrollamos en entidad organizadora vs gestor externo.

Requisitos para ser entidad organizadora FUNDAE

Para poder actuar como entidad organizadora de la formación programada en 2026 necesitas:

  1. Encajar en uno de los tipos de entidad admitidos. No cualquier empresa puede serlo. La normativa reconoce, entre otras: entidades de formación inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación, entidades acreditadas para impartir certificados de profesionalidad, organizaciones empresariales y sindicales, asociaciones de trabajadores autónomos, asociaciones de economía social y estructuras paritarias con personalidad jurídica propia.
  2. Certificado digital de representante de la entidad, para acceder y operar en el aplicativo telemático de FUNDAE.
  3. Documentación que acredite la naturaleza de tu entidad, si no eres una entidad de formación ya inscrita o acreditada. Se adjunta en la propia aplicación, en la pestaña de acreditación, y varía según tu tipo de entidad. La advertencia oficial es clara: «No se acredita la naturaleza de la entidad… ésta no podrá actuar como tal».
  4. Autorización expresa de cada empresa para la que vayas a organizar formación. Sin ese acuerdo firmado, no puedes comunicar nada en su nombre.
  5. Inscripción en el Registro Estatal de Entidades de Formación solo si, además de organizar, vas a impartir la formación. Si únicamente organizas, no es exigible esa inscripción para esa función.

Importante: la organización y la impartición de la formación no se pueden subcontratar. Ser entidad organizadora no es poner un nombre en una casilla; es asumir de verdad ese papel.

Pasos para darte de alta como entidad organizadora en 2026

Una vez cumples los requisitos, el alta sigue este orden:

  1. Comprueba que tu entidad encaja en uno de los tipos admitidos. Si no encaja, no podrás actuar como organizadora, por mucho que impartas cursos.
  2. Consigue el certificado digital de representante de la entidad. Es la llave de acceso al aplicativo.
  3. Date de alta en el aplicativo telemático de FUNDAE con ese certificado.
  4. Acredita la naturaleza de tu entidad en la pestaña de acreditación, adjuntando la documentación que corresponda a tu tipo de entidad.
  5. Firma con cada empresa el acuerdo previo. Antes de acceder a la aplicación para esa empresa, los representantes legales de la entidad organizadora y de la empresa firman un acuerdo que recoge las obligaciones de ambas partes y la compensación económica por los costes de organización.
  6. Comunica la formación en el aplicativo. En la formación encomendada a una entidad organizadora, es esta entidad la que hace las comunicaciones: comunica el inicio, el desarrollo y la finalización de cada acción formativa, y mantiene el expediente al día.
  7. Ejecuta, controla y evalúa la formación. Tu responsabilidad no termina al comunicar: respondes de que la formación se adecúe a la empresa y se ejecute bien.

El acuerdo previo: el paso que no te puedes saltar

De todos los pasos, el acuerdo entre la entidad organizadora y la empresa es el que más se descuida y el que más problemas evita. La norma exige que, antes de acceder a la aplicación, los representantes legales de ambas partes firmen un acuerdo con las obligaciones de los firmantes y la compensación por los costes de organización.

Ese documento es la prueba de que la empresa te ha encomendado su formación. Sin él, las comunicaciones que hagas en su nombre no se sostienen ante una revisión.

Lo que NO te conviertes en al darte de alta

Ser entidad organizadora no significa que tú «bonifiques» a la empresa ni que le regales la formación. Conviene tenerlo claro para no prometer de más:

  • Tú no bonificas. La bonificación la aplica la empresa (o su gestoría) en sus seguros sociales, a partir de la documentación que la formación genera. La entidad organizadora gestiona y prepara; no descuenta nada en el TC1 del cliente.
  • La empresa sigue pagando su cuota. La cuota de formación profesional se abona cada mes igualmente. Lo que se hace es convertir esa cuota ya pagada en formación aprovechada, dentro de los límites de los módulos económicos de FUNDAE.
  • No todo es bonificable. Hay formación que no entra en la formación programada (por ejemplo, formación reglada o determinadas obligaciones del propio empresario). Prometer que «todo se bonifica» es el camino más rápido a un problema en una revisión.
  • No puedes subcontratar la organización ni la impartición. Si asumes el papel, lo asumes de verdad.

La vía rápida: organizar sin montar un departamento

Cumplir los requisitos, sacar el certificado, acreditar la entidad, llevar los acuerdos, comunicar cada acción en plazo y responder de la ejecución es, en la práctica, montar un pequeño departamento técnico dentro de tu academia. Muchos formadores que dan buenos cursos se frenan justo aquí.

Hay una alternativa: tú sigues impartiendo tu formación y delegas la parte de organización en quien ya tiene el músculo técnico para hacerlo bien. Es lo que ofrecemos en Forma Pro 360. Tú pones el conocimiento y las clases; nosotros asumimos la organización de la bonificación, los plazos y el aplicativo, de forma que tus cursos puedan ofrecerse como formación programada sin que tengas que construir esa estructura desde cero.

Así puedes decirles a tus clientes que tu formación es bonificable a través del sistema de formación programada de FUNDAE, sin asumir tú el riesgo técnico de hacerlo mal.

Preguntas frecuentes

¿Qué se necesita para ser entidad organizadora FUNDAE?

Encajar en uno de los tipos de entidad admitidos por la normativa, disponer de certificado digital de representante para operar en el aplicativo, acreditar la naturaleza de tu entidad cuando no estés ya inscrita o acreditada, y contar con la autorización expresa de cada empresa mediante un acuerdo firmado.

¿Cualquier academia puede ser entidad organizadora?

No automáticamente. Tiene que encajar en uno de los tipos de entidad reconocidos. Una academia que solo imparte cursos no es, por ese hecho, entidad organizadora: debe cumplir los requisitos y darse de alta con ese papel.

¿Necesito estar inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación?

Solo es exigible para esa función si, además de organizar, vas a impartir la formación. Si únicamente organizas, esa inscripción no es requisito para organizar.

¿Puedo subcontratar la organización de la formación?

No. La normativa establece que la organización y la impartición de la formación no se pueden subcontratar. La entidad organizadora tiene que asumir de verdad ese papel.

¿La organizadora bonifica a la empresa?

No. La empresa (o su gestoría) aplica la bonificación en sus seguros sociales con la documentación que genera la formación. Quien organiza gestiona, comunica y prepara; no aplica el descuento por el cliente.

¿Puedo bonificar mis cursos sin darme de alta yo como organizadora?

Sí: puedes apoyarte en una entidad organizadora que asuma esa parte técnica mientras tú impartes. Es la vía habitual para formadores que quieren ofrecer cursos bonificables sin montar su propio departamento de gestión.

Da el siguiente paso

Si ya impartes formación y quieres que tus cursos puedan ofrecerse como formación programada, sin levantar tú toda la estructura de organización, hablemos.


Fuentes:
– FUNDAE — «Requisitos para ser entidad organizadora de la formación» (fundae.es/actualidad/noticias). Tipos de entidad admitidos, documentación de acreditación y advertencia «No se acredita la naturaleza de la entidad… ésta no podrá actuar como tal». Consultado 2026-06-06.
– FUNDAE — «Entidades organizadoras» (fundae.es/empresas/entidades-organizadoras-y-de-formación). Definición de entidad organizadora y de gestor administrativo, certificado digital de representante, acuerdo previo firmado por los representantes legales con obligaciones y compensación por costes de organización, comunicaciones en el aplicativo, inscripción en el Registro Estatal solo si además imparte. Consultado 2026-06-06.
– FUNDAE — «La bonificación en 8 pasos» (fundae.es/empresas/home/como-bonificarte). Flujo de comunicación de inicio, desarrollo y fin de la formación. Consultado 2026-06-06.

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