Crédito de formación por ERTE: 425 € por trabajador (2026)

Si tu empresa ha tenido a trabajadores en ERTE, FUNDAE te da un crédito de formación adicional que se SUMA al ordinario (no lo sustituye): 425 € por trabajador afectado en empresas de 1 a 9, 400 € de 10 a 49 y 320 € de 50 en adelante. Y tiene una ventaja única: esa formación no necesita estar relacionada con tu actividad. Aquí tienes cuánto es, qué se puede formar y cómo se declara.

Una distinción que importa: esto es formación bonificada (crédito que tu empresa genera y aplica en sus seguros sociales), no subvencionada (convocatorias del SEPE o el FSE, que son otra cosa). Forma Pro 360 SL trabaja con la primera: tu empresa genera el crédito y nosotros organizamos la encomienda. Puedes estimar tu crédito ordinario en 30 segundos con la calculadora de crédito al instante, sin registro; el crédito por ERTE se suma encima.

¿Cuánto crédito de formación adicional genera un ERTE?

Por cada trabajador afectado por un ERTE, FUNDAE concede un crédito de formación adicional que se añade al crédito ordinario que tu empresa ya tiene. El importe lo fija el artículo 9.7 de la Ley 30/2015 y depende del tamaño de la plantilla.

Plantilla de la empresa Crédito adicional por trabajador en ERTE
1–9 trabajadores 425 €
10–49 trabajadores 400 €
50 o más trabajadores 320 €

Fuente: artículo 9.7 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en la redacción dada por el RDL 32/2021 (reforma laboral). Importes vigentes en 2026, financiados por una aportación extraordinaria al presupuesto del SEPE. Norma consolidada: BOE-A-2015-9734.

Estos importes son el crédito extra por persona afectada, y se suman al crédito ordinario. No llega solo: se activa declarando el ERTE en la aplicación de FUNDAE.

La ventaja única del crédito por ERTE: no tiene que ver con tu actividad

Aquí está la diferencia que casi nadie aprovecha. En la formación bonificada ordinaria, lo razonable es que el curso tenga relación con el puesto. En el crédito por ERTE, no: puede orientarse a mejorar las competencias o la empleabilidad del trabajador aunque no tenga relación con tu actividad. Permite recualificación, competencias digitales o idiomas.

Es la previsión del artículo 9.7 de la Ley 30/2015, y aplica solo al crédito por ERTE, no al ordinario. Para el crédito ordinario sigue valiendo el criterio de relación con el puesto.

Un apunte que la competencia suele contar mal: estos importes no son «ERTEs COVID». Nacieron en aquel contexto, pero la reforma laboral (RDL 32/2021) los consolidó de forma permanente. Hoy aplican a los ERTE del artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y a las modalidades del Mecanismo RED del artículo 47 bis ET.

Condiciones: quién, cuándo y cómo se declara

Tres condiciones que verifica FUNDAE:

  • Quién: las personas trabajadoras afectadas por el ERTE, en suspensión de contrato o en reducción de jornada.
  • Cuándo: la formación debe hacerse durante la vigencia de las medidas, no después de levantarlas.
  • Cómo: se declara en la aplicación de FUNDAE la plantilla total y el número de trabajadores acogidos al ERTE. FUNDAE valida esos datos. No es automático: hay que comunicarlo.

Este crédito no anula tu crédito ordinario (el del 0,7 % de cotización): va encima. Como referencia de coste para dimensionar la formación: teleformación 7,50 €/h, presencial básica 9 €/h, presencial intermedia o avanzada 13 €/h (Fuente: kb_fundae_modulos_economicos.md).

Ejemplo numerado

Una empresa de unos 18 empleados pasa por un ERTE que afecta a 15 de ellos.

  • Crédito adicional por ERTE: 15 × 400 € = 6.000 €.
  • Crédito ordinario de ese año (según su base de cotización): ≈ 1.500 €.
  • Total disponible mientras duran las medidas: ≈ 7.500 €.

Esos 6.000 € extra solo existen por el ERTE y se pierden si no se forma durante su vigencia. Y como es crédito por ERTE, esas 15 personas pueden formarse en competencias digitales o en un oficio nuevo, aunque no sea lo que hacen en la empresa.

Cifras ilustrativas. No corresponden a ningún cliente. Calcula tu caso real con la calculadora de crédito al instante.

Qué NO se puede bonificar (ni con ERTE)

El crédito por ERTE abre mucho, pero no todo. Hay formación que no es bonificable en ningún caso, ni con el crédito ordinario ni con el adicional:

  • Prevención de Riesgos Laborales (PRL): obligación legal del empresario (Ley 31/1995). La formación obligatoria por ley no es bonificable; declararla supone sanción, devolución íntegra y recargo. Muchos servicios de prevención la venden como bonificable: no lo es.
  • Manipulador de alimentos cuando es obligación del titular del negocio.
  • Formación reglada (títulos oficiales, FP reglada, grados): tiene su propia vía.

Esta línea no cambia por estar en ERTE. Te lo decimos por delante para que no acabes con una inspección encima.

FAQ

¿El crédito por ERTE sustituye al crédito ordinario?

No. Se suma al crédito ordinario que tu empresa ya genera por el 0,7 % de cotización. Tienes ambos: el de siempre más el adicional por cada trabajador afectado por el ERTE.

¿Cuánto es el crédito adicional por trabajador en ERTE?

425 € por trabajador en empresas de 1 a 9, 400 € de 10 a 49 y 320 € de 50 en adelante. Lo fija el artículo 9.7 de la Ley 30/2015 (redacción del RDL 32/2021) y son los importes vigentes en 2026.

¿La formación por ERTE tiene que estar relacionada con mi actividad?

No. Por el artículo 9.7 de la Ley 30/2015 puede orientarse a la empleabilidad o recualificación del trabajador aunque no tenga relación con la actividad de la empresa. Esto aplica solo al crédito por ERTE.

¿Cuándo hay que hacer la formación?

Durante la vigencia del ERTE, mientras se aplican las medidas de suspensión o reducción de jornada. La formación realizada fuera de ese periodo no entra en el crédito adicional.

¿Cómo se activa este crédito? ¿Es automático?

No es automático. Se declara en la aplicación de FUNDAE la plantilla total y los trabajadores acogidos al ERTE, y FUNDAE valida los datos. Forma Pro 360 organiza la formación y prepara la documentación; la empresa genera y aplica el crédito.

¿Esto es una subvención del SEPE?

No. Es formación bonificada: crédito que tu empresa genera y descuenta de sus cuotas a la Seguridad Social. La subvencionada (convocatorias del SEPE o el FSE) es un sistema distinto.

Calcula y activa tu crédito

Calcula cuánto crédito de formación tiene tu empresa en 2026. En 30 segundos y sin registro. Si has tenido trabajadores en ERTE, el crédito adicional se suma encima y conviene mirarlo antes de que terminen las medidas.

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Activa tu crédito: firma la encomienda de formación FUNDAE, el documento que nos autoriza a organizar y gestionar tu formación en tu nombre. La empresa genera el crédito; Forma Pro 360 gestiona la encomienda.

Más contexto en la guía Formación bonificada FUNDAE: qué es y cómo funciona.


Normativa de referencia: artículo 9.7 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en la redacción dada por el RDL 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral), que establece los importes 425/400/320 € vigentes en 2026 (BOE-A-2015-9734). Aplica a los ERTE del artículo 47 ET y a las modalidades del Mecanismo RED (artículo 47 bis ET); se financia con una aportación extraordinaria al presupuesto del SEPE. Fuente de las condiciones: MCP es_fundae (get_credito_adicional_erte; consulta 2026-06-17). Contenido informativo; no sustituye asesoramiento profesional. Forma Pro 360 SL.

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